Prórrogas, cambios de dedicación y bajas
Cambio | Información | Plazos | Fecha límite | Documentos |
Prórrogas. Procedimiento de prórrogas. | Si se prevé que transcurrido el plazo máximo de realización de la tesis no se va a presentar la solicitud de depósito de la tesis, se podrá autorizar la prórroga de este plazo por un año más (prórroga ordinaria), que excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional (prórroga extraordinaria). |
Antes del curso académico
Mayo-Junio
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Año 3 (tiempo completo) Año 5 (tiempo parcial) |
● Procedimiento on-line a través de la plataforma THESIS ● Documentos acreditativos de lo justificado en la solicitud |
Solicitud de matrícula inicial a tiempo parcial | ||||
Cambio de dedicación (el doctorando podrá cambiar de régimen de dedicación |
Se puede solicitar un cambio de dedicación, de tiempo completo a tiempo parcial o viceversa, que comenzaría a aplicarse al inicio de un curso académico. Cuando se pide un cambio a tiempo parcial, los cursos académicos ya consumidos a tiempo completo pasan a contabilizarse como el doble a tiempo parcial, a efectos del recálculo del plazo máximo para el depósito de la tesis.
El trámite debe ser aprobado por CAPD y CDUPM.
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Antes del curso académico
Mayo-Junio |
Año 2 (tiempo completo) Año 4 (tiempo parcial)
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● Documentos acreditativos de lo justificado en la solicitud |
Bajas temporales | ||||||
Trámite | Descripción | Cuándo solicitarla | Duración | Efecto | Documentación | Plataforma |
Baja Sobrevenida |
Se consideran causas sobrevenidas las originadas por enfermedad, embarazo o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente. Los periodos de baja temporal que hayan sido autorizado por el CD-EID no computarán a efectos del cálculo de la fecha límite para el depósito de la tesis. |
Dentro del plazo de 30 días naturales a contar desde la fecha de inicio de la baja. | La duración de la baja será la que derive de su causa. Toda autorización de baja tiene una fecha de inicio de la baja y una fecha de finalización, que será la fecha de alta o la fecha de revisión en caso de bajas de media o larga duración. |
La baja temporal por causa sobrevenida no dará derecho a la devolución de la tasa de tutela académica. Solo tiene efecto para el cálculo de la fecha límite de depósito (no exime al doctorando con actividad laboral de presentar el correspondiente parte de baja laboral en su centro de trabajo). |
Solicitud de baja temporal por causa sobrevenida (añadir documento) | Enviar correo a doctorado@upm.es |
Baja discrecional |
El doctorando podrá solicitar una baja temporal discrecional, por causa justificada (motivos laborales o personales), por un periodo de un año, ampliable como máximo a un año más. Los periodos de baja temporal que hayan sido autorizado por el CD-EID no computarán a efectos del cálculo de la Ninguna actividad desarrollada por el doctorando durante el periodo de baja temporal discrecional podrá ser tenida en cuenta como parte de su formación doctoral, ni ser incorporada al documento de actividades. |
Se puede solicitar una única baja temporal, una vez superado el primer curso de doctorado. No se admiten a trámite solicitudes presentadas durante el periodo de prórroga extraordinaria. La baja puede comenzar en cualquier momento del año y debe solicitarse con una antelación de al menos 60 días |
La duración de la baja temporal discrecional es de un año. La baja podrá renovarse por un año adicional consecutivo al primero. |
Si el año de baja comprende dos cursos académicos, el estudiante tendrá que abonar la matrícula y presentar el informe anual en ambos cursos. Si la baja temporal se solicita para el siguiente curso académico completo (del 1 de octubre al 30 de septiembre del año siguiente), el estudiante estará exento de abonar la matrícula y de presentar el informe anual de ese curso. En caso de simultaneidad de bajas, los periodos de baja no se suman. Es decir, durante un periodo de baja discrecional no se podrá optar a una baja por causa sobrevenida. La baja temporal discrecional no dará derecho a la devolución de la tasa de tutela académica. |
Solicitud de baja temporal discrecional. | Enviar por correo a la CAPD. |
Baja definitiva | ||||||
Tipo | Descripción | Causas | ||||
A solicitud del doctorando |
La baja definitiva en el programa de doctorado no da derecho al reembolso de la tasa de tutela académica. Los doctorandos que hayan causado baja definitiva en un programa de doctorado no pueden ser admitidos en el mismo programa de doctorado en los cinco años siguientes a la fecha de la baja definitiva. |
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Por motivos administrativos | La baja definitiva en el programa de doctorado no da derecho al reembolso de la tasa de tutela académica. | a) No haber formalizado la matrícula en un curso académico, o que la matrícula haya sido anulada, salvo que esté exento de matricularse en dicho curso. b) No haber presentado el informe anual del plan de investigación o haber obtenido dos evaluaciones negativas consecutivas de dicho informe. c) Haber agotado el plazo máximo de permanencia en estudios de doctorado sin haber depositado la tesis. d) Haber depositado la tesis y no haber realizado la defensa de la misma en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de solicitud de depósito. e) Haber sido sancionado mediante expediente disciplinario con una resolución de desvinculación del programa de doctorado. f) Haber obtenido una calificación global de “no apto” en la defensa de la tesis. g) Cualquier otra causa que establezca la normativa vigente. |
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