Comisión académica

La Universidad Politécnica de Madrid, a través de la normativa descrita en el Modelo de Doctorado de la Universidad Politécnica de Madrid (aprobada por el Consejo de Gobierno de la UPM en su sesión celebrada el 21 de diciembre de 2011), establece tanto la composición como las principales funciones de la Comisión Académica de los Programas de Doctorado (CAPD), en concreto la CAPD aparece regulada en sus artículos 4, 5 y 6.

 

Artículo 4. La Comisión Académica del Programa de Doctorado: Todos los programas de doctorado tendrán una comisión académica presidida por el Coordinador de programa y compuesta por los profesores de la UPM que participan en el mismo.

Artículo 5. Funciones de la Comisión Académica del Programa de Doctorado: Las funciones de las Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado en la UPM son:

  1. Admisión de los alumnos al programa.
  2. Organizar las actividades de cada programa de acuerdo a lo establecido por el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado, por las Juntas de Escuela y Facultad o por el Consejo del Centro o Instituto de Investigación.
  3. Realizar todas las funciones asignadas en el Reglamento de Elaboración y Evaluación de la tesis doctoral de acuerdo a las normas establecidas por el Comité de gestión de la Escuela de Doctorado, por las Juntas de Escuela y Facultad o por el Consejo del Centro o Instituto de Investigación.

 

Artículo 6. Profesorado participante:

  1. Se consideran profesores de un programa de doctorado de la UPM a:
    • Todos aquellos profesores doctores de la UPM que estén dirigiendo o hayan dirigido una tesis en el programa de doctorado en los últimos 5 años.
    • Doctores vinculados al programa de doctorado que estén dirigiendo una tesis aunque no sean profesores UPM.
  2. Adicionalmente, se podrán vincular colaboradores al programa de doctorado, para realizar actividades en el mismo distintas a la dirección de tesis en dicho programa. Estos colaboradores no formarán parte de la Comisión Académica del Programa de Doctorado.
  3. Todo el profesorado de un programa de doctorado deberá poseer el título de doctor, sin perjuicio de la posible colaboración en determinadas actividades específicas de otras personas o profesionales en virtud de su relevante cualificación en el correspondiente ámbito de conocimiento.

 

La Composición actual de la CAPD es la siguiente:

Presidente: D. David Camacho Fernández (david.camacho@upm.es)
Secretaria: Dña. Áurea Anguera de Sojo Hernández (aureamaria.angueradesojo@upm.es)

Miembros:

¿Por dónde empezar?

Entra en contacto con nosotros